También propuso que los municipios y demás entes establezcan en sus leyes de ingresos lo recaudado por sus Organismos Públicos Descentralizados.
El diputado Jaciel González Herrera, coordinador del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), en la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala, presentó ante el Pleno de esta Soberanía, la iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman diversos artículos del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala y de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas de Tlaxcala y sus Municipios.
Destacó que resulta de gran relevancia la adecuación al marco legal, para que se pueda sancionar la omisión respecto a la obligación de presentar en tiempo y forma el presupuesto de egresos, facultando al Órgano de Fiscalización Superior.
Su iniciativa contempla las reformas a los artículos 81 y 85 del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, a fin de que todos los ingresos que tenga derecho a percibir el Estado o los municipios, incluyendo los que se obtengan por parte de sus Organismos Públicos Descentralizados (OPD deberán ser reflejados en su respectiva Ley de Ingresos.
Así mismo, las iniciativas de Leyes de Ingresos deberán considerar los antecedentes históricos de la recaudación real obtenida al cierre del ejercicio inmediato anterior, así como las acciones y programas a implementar, que tengan como objetivo el aumento en la recaudación para el año proyectado, considerando siempre los principios constitucionales de equidad, proporcionalidad y capacidad tributaria, en total apego a la normatividad.
Gonzalez Herrera, busca que las iniciativas de Leyes de ingresos del Estado y de los municipios, también incluyan los ingresos obtenidos de los OPDs y los cuales deberán ser congruentes con los Criterios Generales de Política Económica, así como las estimaciones de las participaciones y transferencias federales recibidas.
Dicha iniciativa también promueve las reformas a las fracciones II y IV del artículo 33 de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, en la que se establece que la iniciativa de Ley de Ingresos deberá respetar los principios constitucionales de proporcionalidad, capacidad tributaria y equidad.
De aprobarse, se establecerá que en el caso de que los ayuntamientos no aprueben y remitan antes del 31 de diciembre de cada anualidad, su presupuesto anual de egresos serán sancionados de 100 a 200 Unidades de Medida Actualizadas (UMA), si incurren en un atraso de 1 a 7 días; de 201 a 250 UMA, de 8 a 30 días; 251 a 350 UMA, de 31 a 60 días; 351 a 500 UMA de 61 a 90 días y se aplicará la tarifa anterior más el incremento de una UMA por día a quienes presenten después de 91 días en adelante su atraso.
En el supuesto de ceñirse al presupuesto de egresos del ejercicio fiscal anterior, deberán notificarlo en tiempo y forma al Congreso del Estado.
Cabe recalcar que las sanciones interpuestas, deberán ser cubiertas con recursos propios del servidor público responsable del incumplimiento.
De aprobarse corresponderá a la Comisión de Finanzas y Fiscalización del Congreso del Estado informar al Órgano de Fiscalización Superior la omisión de los entes que no hayan presentado su presupuesto de egresos, para su correspondiente sanción.