Sanciona TET a autoridades de Santa CruzQuilhetla, La Magdalena Tlaltelulco e Ixtacuixtla

Se retoman sesiones presenciales del PlenoPor unanimidad de votos, la Magistrada Presidenta y Magistrados que integran elPleno   del   Tribunal   Electoral   de   Tlaxcala   (TET),   Claudia   Salvador   Angel,   JoséLumbreras   García   y   Miguel   Nava   Xochitiotzi   amonestaron   a   integrantes   de   losayuntamientos de Santa Cruz Quilhetla, La Magdalena Tlaltelulco e Ixtacuixtla, porincumplimientos a sentencias dictadas por la autoridad jurisdiccional.Al retomarse las sesiones presenciales del Pleno del TET, en el acuerdo plenarioidentificado con el número TET-JDC-478/2021, se dio por incumplida la sentenciadictada   por   este   órgano   jurisdiccional   el   pasado   11   de   octubre,   pues   hasta   elmomento no se ha realizado el pago de gratificaciones de fin de año del ejercicio2020 y proporcional de 2021 a quienes promovieron este juicio de la ciudadaníaEl   presidente   municipal   refirió   que   al   haber   interpuesto   un   juicio   de   revisiónconstitucional en contra de la sentencia del TET ante la Sala Regional Ciudad deMéxico (SRCDMX) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)estaba imposibilitado para cumplir con lo ordenado por el TET, sin embargo, todavez que la presentación de medios de impugnación no produce efectos suspensivossobre el acto o la resolución impugnada, y, que en este caso la instancia a la querecurrió   el   alcalde   resolvió   desechar   de   plano   su   demanda,   se   calificó   comoincumplida la sentencia.Por lo anterior, el TET impuso una amonestación pública y ordenó al presidentemunicipal   pagar   la   cantidad   adeudada   a   los   actores,   al   tiempo   de   apercibir   aquienes integran  el cabildo del ayuntamiento de  Santa Cruz Quilehtla para  que,realicen los actos necesarios a  fin  de coadyuvar a que se dé cumplimiento a loordenado y en caso de no hacerlo, se podrán hacer acreedores a una medida deapremio. En el expediente TET-JDC-508/2021 y acumulado se dio por cumplida la sentenciaemitida   por   el   órgano   jurisdiccional   electoral   local,   mediante   la   que   declaró   lanulidad de la elección al cargo de titular de la presidencia de comunidad de SanAntonio Teacalco celebrada el 28 de agosto de 2021, pues al ordenar de nuevacuenta   la   elección,   los   procedimientos   se   efectuaron   en   tiempo   y   con   losrequerimientos   ordenados,   por   lo   que,   se   validó   la   elección   de   Gregorio   LaraSampedro como presidente de comunidad de San Antonio Teacalco, asimismo en lasesión se dio por cumplida de manera total la sentencia e BOLETIN INFORMATIVOLa Magdalena Tlaltelulco,   por no  entregar  al  actor  el   Calendario de Obras   y losExpedientes Técnicos, solicitados y referidos en diversos oficios.En   lo   que   corresponde   al   expediente   TET-JDC-076/2022,   promovido   por   MaribelMeza   Guzmán,   presidenta   municipal   de   Santa   Catarina   Ayometla   a   fin   decontrovertir diversos actos que, desde su perspectiva, constituyen violencia políticapor razón de género en su contra por parte de la cuarta y quinta regidoras, asícomo de la presidenta de la comunidad de Tlapayatla, del análisis realizado a cadauno   de   los   actos   controvertidos   por   la   actora,   así   como   de   las   pruebasdocumentales   en   las   que   quedaron   plasmadas   las   conductas   que   considera   lecausan perjuicio, no fue posible advertir, cuando menos de manera indiciaria queestas se desarrollaron en un contexto de violencia política por razón de género ensu contra; por lo tanto, se declararon como inoperantes los agravios.En el juicio de protección de los derechos político – electorales de la ciudadaníapromovido por presidentes de comunidad del municipio de Ixtacuixtla, en contra delalcalde y tesorero de esa demarcación, pese a que se vinculó al Ayuntamiento paraque emitiera las normas reglamentarias que determinen la forma de redistribuciónde participaciones a las presidencias de comunidad cuando no se cuente con losporcentajes   de   recaudación   realizada   por   dichas   presidencias,   el   Pleno   del   TETestimó el incumplimiento a lo ordenadoCon el objetivo de evitar la repetición de conductas que tiendan a obstaculizar lapronta   administración   de   justicia   en   materia   electoral;   con   fundamento   en   lodispuesto en el artículo 74 fracción II de la Ley de Medios, se estimó necesarioimponer   una   amonestación   pública   a   los   integrantes   del   ayuntamiento   delmunicipio de Ixtacuixtla. También se ordenó que informe y remita las constancias en las que se acredite laaprobación, elaboración y publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estadode   Tlaxcala   de   las   normas   reglamentarias   que   determinen   la   forma   deredistribución de   participaciones a   las presidencias  de comunidad  cuando no   secuente con los datos a que se refiere el párrafo tercero del artículo 510 del CódigoFinanciero.Finalmente, en el expediente TET-JDC-063/2022 sobre el cumplimiento de sentenciadel juicio promovido por Regidoras y la Presidenta de Comunidad de Tlapayatla, delmunicipio   de   Santa   Catarina   Ayometla,   en   contra   de   actos   atribuidos   a   losintegrantes del Cabildo, la Tesorera y la Secretaria del Ayuntamiento del municipiodebido   a   que   el   ayuntamiento   realizó   el   pago   de   las   remuneraciones   quereclamaron las promoventes, el Pleno dio por

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